Abuso sexual y embarazo forzado en la niñez y adolescencia: detección y abordaje profesional para el examen de residencias
Apareció 8 veces en los exámenes oficiales (2021–2023)
Hoy vamos a trabajar uno de los temas más tomados y más delicados del examen: el abuso sexual y el embarazo forzado en niñas, niños y adolescentes. Vas a aprender a reconocer qué es un abuso y por qué un chico jamás puede consentir, qué indicadores deben hacerte sospechar, cuál es el rol de cada sector (salud, escuela, organismos de protección), qué hacer cuando aparece un embarazo en una niña menor de quince años y cómo se articulan la interrupción legal del embarazo y la comunicación y denuncia. Es un tema donde las preguntas se repiten con distintas vueltas, así que vamos a ordenar los conceptos que las resuelven.
Qué tenés que saber
Qué es el abuso sexual y por qué no hay consentimiento
Modalidades, vulnerabilidad y efectos
Detección: indicadores específicos e inespecíficos
Embarazo forzado: detección y abordaje
Interrupción legal del embarazo y fallo F.A.L.
Intervención por sectores: salud, educación y protección
Entrevistas, comunicar y denunciar: conductas frente a casos clínicos
Tres puntos clave
Las tres asimetrías que definen la práctica abusiva son poder, conocimiento y gratificación ; si faltan las tres igualdades, no hay juego entre pares.
El grooming es acoso sexual a través de medios virtuales y constituye abuso aunque todavía no haya contacto físico.
Los únicos indicadores estrictamente específicos son los físicos y el relato , debidamente interpretados.
Preguntas de muestra
Pregunta 1
Examen Nación 2023
Frente a un relato de un niño, niña o adolescente de un abuso sexual en el ámbito educativo ¿Cómo deben proceder los docentes?
AValorar la credibilidad del relato, realizar un informe escrito y dar aviso al director de la institución.
Registrar el relato, realizar un informe escrito y elevar la comunicación al organismo de protección. (respuesta correcta)
CPostergar la escucha y el registro del relato hasta que se radique la denuncia correspondiente.
DPlantear preguntas cerradas para elaborar el informe y dar aviso al director de la Institución.
Ante el relato de un NNyA en la escuela, el docente escucha con calma y sin juzgar, registra lo que el chico dice con sus palabras, deja constancia por escrito y lo comunica al organismo local de protección de derechos (art. 9, Ley 26.061). La guía agrega que quienes trabajan en ámbitos educativos y de salud, además de comunicar al organismo de niñez, tienen la obligación legal de denunciar, sin pedir autorización a un superior ni asistencia de un abogado. Entre las opciones, solo la que combina registrar, informar por escrito y elevar al organismo de protección respeta ese circuito.
Perla para el examen: Docente que recibe un relato: escucha, registra textual, informa por escrito y comunica al organismo de protección. No interroga ni evalúa credibilidad.
Pregunta 2
Examen Nación 2023
Paciente de 12 años consulta a centro de salud por presentar dolor abdominal de 5 días de evolución, se realizan exámenes complementarios y se diagnostica embarazo de 12 semanas. Refiere relaciones sexuales ocasionales. Se encuentra acompañada por su madre. ¿Cuál es la conducta a tomar ante esta situación?
Es un delito de instancia pública, por lo que corresponde que el personal de salud denuncie. (respuesta correcta)
BEs un delito de instancia privada, por lo que no corresponde que el personal de salud denuncie.
CEs un delito de instancia pública, por lo que la decisión de instar la acción penal es de la víctima.
DEs un delito de instancia privada, por lo que corresponde que el personal de salud denuncie.
Una niña de 12 años embarazada es, por definición legal, víctima de abuso sexual con acceso carnal: la guía recuerda que con menores de 13 años el consentimiento no puede ser dado, por eso el relato de relaciones 'ocasionales' no cambia la calificación. En principio los delitos contra la integridad sexual (art. 119 CP) son de instancia privada, pero el art. 72 del Código Penal, modificado por la Ley 27.455, establece que se procede de oficio cuando la víctima es menor de 18 años. Por eso es un delito de acción pública, y la decisión de instar la acción penal no depende de la niña ni de su madre. La guía agrega que quienes se desempeñan en organismos de salud tienen la obligación legal de denunciar, sin autorización de un superior ni de un abogado. Corresponde que el equipo de salud denuncie, además de comunicar al organismo de protección.
Perla para el examen: Menor de 13 años embarazada: abuso sexual con acceso carnal. Menor de 18, acción pública (art. 72 CP, Ley 27.455): el equipo de salud denuncia.